Respuesta directa. A nivel estatal, la deducción por alquiler de vivienda habitual solo se mantiene en un régimen transitorio para quienes firmaron el contrato antes del 1 de enero de 2015 y ya la aplicaban antes de esa fecha: es el 10,05 % de la renta pagada sobre una base máxima de 9.040 € al año, es decir, hasta 908,52 €, y solo si la base imponible es inferior a 24.107,20 €. Si tu contrato es posterior, la vía principal son las deducciones autonómicas, que varían mucho: por ejemplo, Madrid ofrece el 30 % con máximo de 1.237,20 € para menores de 40 años, Andalucía el 15 % hasta 1.200 € y Cataluña el 10 % hasta 500 €, siempre con requisitos de edad, renta y otras condiciones (ejercicio 2025, según la fuente) .
Datos a 19 de octubre de 2026. Fuente: Vivara (publicada el 12/06/2026, modificada el 11/08/2026), fuente secundaria. Los importes pueden cambiar cada año; la próxima declaración (ejercicio 2026) se presenta en la primavera de 2027.
Régimen estatal transitorio
La comprobación aritmética: el 10,05 % de 9.040 € es 908,52 €. Ejemplo (hipotético): si pagas 600 € al mes (7.200 € al año) y tu base imponible es de 15.000 €, la deducción sería 10,05 % de 7.200 €, es decir, 723,60 €. Si pagas 900 € al mes (10.800 € al año), la base se limita a 9.040 € y la deducción es de 908,52 €.
Deducciones autonómicas (ejercicio 2025)
La propia fuente advierte de que las cifras cambian cada año. Comprueba la normativa de tu comunidad antes de aplicarla.
Cómo calcular tu deducción: método
- Suma el alquiler pagado en el año (solo cantidades efectivamente abonadas y justificables).
- Comprueba que cumples edad, ingresos y condiciones de tu comunidad.
- Aplica el porcentaje al alquiler pagado.
- Limita al máximo que fije la norma.
- Guarda la documentación: contrato, justificantes de pago y, si lo exige tu comunidad, el depósito de la fianza o el modelo de identificación del arrendador.
- Madrid, 800 €/mes, menor de 40 años: 9.600 € al año × 30 % = 2.880 €; límite de 1.237,20 €, así que la deducción sería 1.237,20 €.
- Cataluña, 600 €/mes, menor de 35: 7.200 € × 10 % = 720 €; límite 500 €, así que 500 €.
- Castilla y León, 450 €/mes, menor de 36: 5.400 € × 20 % = 1.080 €; límite 459 €, así que 459 €.
- Aplicar una deducción de otro año sin comprobar que sigue vigente.
- No tener justificantes de pago (transferencias, recibos bancarios).
- Pagar en efectivo: puede impedir justificar la deducción en algunas normativas .
- Confundir residencia fiscal: la deducción corresponde a la comunidad donde resides a efectos fiscales.
- No comprobar la fianza: algunas comunidades exigen el depósito de la fianza para poder deducir.
- Si tu contrato es posterior a 2014 y tu comunidad no tiene deducción: no hay deducción estatal.
- Si superas los topes de renta o de edad.
- Si vives de alquiler con contrato verbal o sin justificantes.
- Si estás en País Vasco o Navarra: aplican normas forales.
- Vivara, «Desgravar alquiler: deducciones del inquilino» (12/06/2026, modificada 11/08/2026): https://www.vivara.io/blog/economico/desgravar-alquiler-deducciones-inquilino/
- Selectra (11/10/2026), tratamiento de ayudas en el IRPF: https://selectra.es/energia/noticias/ayudas-reforma-2026-irpf-declarar-subvencion
- Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es
- Haciendas autonómicas:
Ejemplos con las cifras de la tabla (hipotéticos):
En todos los casos el tope manda sobre el porcentaje, por lo que la deducción real suele ser mucho menor que el 30 % o el 20 % anunciado.
Qué ayudas cuentan como ingresos
Las ayudas públicas al alquiler pueden tener un tratamiento fiscal propio. Según la información que hemos consultado, las ayudas al alquiler del Plan Estatal no figuran en la lista de ayudas exentas que se amplió en octubre de 2026, que sí incluiría la línea de rehabilitación (norma pendiente de convalidación) . Cómo declarar el bono: consulta Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal.
¿Y si soy propietario?
Los propietarios que alquilan su vivienda tienen sus propios beneficios y obligaciones fiscales (reducciones en el rendimiento del capital inmobiliario, etc.), que no se tratan en este artículo y cambian con la normativa . Este artículo se centra en el inquilino.
Errores frecuentes
Cuándo NO te conviene confiar en la deducción
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir el alquiler de mi vivienda habitual?
A nivel estatal, solo en el régimen transitorio anterior a 2015. Además, puede haber deducción autonómica.
¿Qué comunidad tiene la deducción más alta?
Madrid, con 1.237,20 € como máximo en la tabla de la fuente, y Asturias, con hasta 1.500 € en casos concretos.
¿Hay que presentar algún modelo especial?
Depende de la comunidad; consulta su normativa.
¿Cuándo se aplica?
En la declaración de la renta del ejercicio, que se presenta en la primavera siguiente.
Qué hacer ahora
Reúne los justificantes de pago de este año, comprueba la deducción de tu comunidad y, si hay dudas, consulta con un asesor fiscal o con la Agencia Tributaria. Y mira el mapa de ayudas.
Fuentes
Información general, no asesoramiento jurídico ni financiero. Última revisión: 19 de octubre de 2026. ¿Has detectado un error? Escríbenos a contacto@tufuturavivienda.com (asunto «Corrección»).

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